Juez ordena entregar información sobre tramite de proyectos de acuerdo: Concejo tiene 48 horas para cumplir el fallo

Sede del Concejo Municipal de Ciénaga, Magdalena

​El Juzgado Cuarto Promiscuo Municipal de Ciénaga emitió un fallo de tutela a favor del concejal Carlos Enrique Padilla Peña, ordenandole en un plazo de 48 horas al Concejo municipal, entregar la documentación completa sobre el trámite de los seis proyectos de acuerdo presentados por ejecutivo para su estudio y aprobación en sesiones extraordinarias.

La decisión judicial determinó que la corporación vulneró el derecho fundamental de petición del cabildante al ignorar una solicitud de información radicada el pasado 12 de septiembre de 2026, en la que pedía claridades sobre la conformación de comisiones accidentales y los expedientes técnicos de las iniciativas.

​El alcance principal dem fallo, radica en la protección del acceso a la información pública, pues el juez ordenó al Concejo que, en un plazo perentorio de 48 horas, responda de fondo y entregue todos los soportes documentales requeridos. Si la corporación no posee los documentos o estos tienen algún tipo de reserva legal, deberá justificarlo de manera expresa y motivada citando la norma correspondiente, lo que pone fin al silencio institucional y garantiza la transparencia en el control político.

Sede del Concejo Municipal de Ciénaga, Magdalena

​Sin embargo, el fallo también delimitó la intervención del juez constitucional frente a la autonomía del Concejo. La autoridad judicial declaró improcedentes las pretensiones del concejal de intervenir o anular la conformación de las comisiones accidentales y el trámite legislativo, argumentando que estos conflictos internos deben resolverse ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Asimismo, señaló que ya carecía de objeto suspender los primeros debates, debido a que estos ya se habían llevado a cabo de manera efectiva, adicional a ello, el despacho judicial se negó a la solicitud de la Mesa Directiva de investigar al concejal Padilla Peña por supuesta «temeridad».

Las directivas de la corporación intentaron que se compulsaran copias a la Procuraduría y a la Fiscalía para sancionar al cabildante por informar hechos nuevos durante el proceso, pero el juez desestimó esta acusación, validando el actuar del accionante en su legítima defensa y búsqueda de garantías.

​Esta decisión judicial marca un precedente importante para la participación democrática en Ciénaga, obligando a las directivas del cabildo a garantizar el acceso a la información a todos sus miembros.

Aunque la legalidad estructural del trámite de los proyectos de acuerdo deberá ser discutida en otros escenarios legales ordinarios, el amparo dictamina de forma inmediata que ningún concejal puede ser excluido del debate por el ocultamiento de expedientes técnicos o administrativos.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

ÚLTIMAS NOTICIAS