El Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Santa Marta ordenó suspender de manera inmediata todos los actos administrativos con los que la Asamblea Departamental del Magdalena reanudó el proceso para elegir al Contralor Departamental para el periodo 2026–2029, al advertir posibles irregularidades y un aparente incumplimiento del fallo de tutela que protegió los derechos de la aspirante Maryoris Margarita Pedraza Álvarez.
La decisión, fechada el 18 de noviembre de 2025, se produjo tras analizar el informe secretarial y el incidente de desacato promovido por la accionante contra la Mesa Directiva de la corporación y contra la Universidad de Medellín.
El despacho señaló que persisten dudas sobre si la Asamblea cumplió de manera real y material la sentencia del 7 de noviembre, aclarada el 13 de noviembre, que ordenó suspender el concurso de méritos, verificar administrativamente las presuntas inhabilidades de dos integrantes de la terna y reevaluar el puntaje de experiencia con enfoque de género, incluyendo la aplicación de medidas afirmativas.
Aunque la Mesa Directiva expidió cuatro resoluciones entre el 10 y el 14 de noviembre para certificar su cumplimiento, el juzgado advirtió que dichos actos no despejan las inquietudes sobre la legalidad, profundidad y alcance del análisis exigido.
A estas dudas se suma el requerimiento de la Procuraduría General de la Nación, del 15 de noviembre, en el que se advierte que la Asamblea estaría realizando un “cumplimiento aparente” del fallo y reanudando el proceso de elección sin verificar de fondo las inhabilidades señaladas ni aplicar el enfoque de género ordenado por el juez constitucional. Para el despacho, la inminente elección, reprogramada por la Asamblea primero para el 18 y luego para el 19 de noviembre, podría causar un daño irreparable a los derechos de la accionante y comprometer principios como la igualdad, el debido proceso y la moralidad administrativa. También recordó que, de adelantarse la elección sin el cumplimiento estricto de la sentencia, cualquier irregularidad posterior solo podría ser corregida mediante procesos de nulidad que pueden tardar años, periodo durante el cual el elegido permanecería en el cargo.
El juzgado dispuso la apertura de un incidente de cumplimiento contra las integrantes de la Mesa Directiva, Ángela María Cedeño Ruiz, Marta Liliana García Rivera y Candy Julieth Sánchez Vásquez, así como contra el representante legal de la Universidad de Medellín, Néstor Raúl Posada Arboleda, quienes deberán demostrar en un plazo de 48 horas cómo superaron las falencias identificadas por la Procuraduría. Asimismo, ordenó suspender los efectos jurídicos de las Resoluciones 051, 052, 053 y 054 de 2025 y de cualquier acto de convocatoria a elección de contralor hasta tanto se verifique el cumplimiento integral del fallo.
El despacho solicitó el acompañamiento de la Procuraduría Delegada Preventiva y de Control de Gestión y advirtió que el incumplimiento de estas órdenes puede dar lugar a sanciones por desacato, como multas de hasta 20 salarios mínimos mensuales y arresto de hasta seis meses.
Con esta medida, la elección del Contralor Departamental del Magdalena queda en suspenso hasta que el juzgado determine que se han cumplido plenamente las órdenes impartidas en la tutela, especialmente las relacionadas con la verificación de inhabilidades y la garantía de igualdad y enfoque de género dentro del concurso de méritos.





