La Sección Primera del Consejo de Estado negó la recusación presentada por el gobernador del Magdalena, Rafael Alejandro Martínez, contra cuatro magistrados de la Sección Quinta de esa corporación, quienes actualmente conocen del proceso que busca anular su elección.
Martínez había solicitado apartar del caso a los magistrados Gloria María Gómez Montoya, Omar Joaquín Barreto Suárez, Luis Alberto Álvarez Parra y Pedro Pablo Vanegas Gil, argumentando presuntos conflictos de interés.
Entre sus razones, señaló que la magistrada Gómez ya había sido ponente en un proceso similar y que los demás togados participaron previamente en decisiones contra Fuerza Ciudadana, el movimiento político que lo avaló.
Sin embargo, el Consejo de Estado concluyó que las razones expuestas por el gobernador no cumplían con los requisitos legales para una recusación válida. La corporación resaltó que los señalamientos no demostraban imparcialidad por parte de los magistrados y que la solicitud fue presentada cuando el proceso ya contaba con un fallo notificado, lo que la hacía improcedente.
En diálogo con Opinión Caribe, el abogado constitucionalista Hernando Zabaleta explicó que la recusación carecía de sustento probatorio, se interpuso fuera de tiempo y, además, fue presentada por Martínez en nombre propio el mismo día en que su apoderado renunció, sin que hubiera una revocatoria formal del poder. Esto, según Zabaleta, representó otro vicio procesal.
El jurista también advirtió que aún están pendientes por resolver las solicitudes de aclaración y adición al fallo del pasado 8 de mayo, también interpuestas por el mandatario departamental. Dichas solicitudes serán analizadas por la Sección Quinta, pero se anticipa que serán negadas en un mismo auto.
Una vez se resuelva esta última etapa, el fallo de nulidad electoral quedará ejecutoriado, lo que abrirá la puerta para que el presidente de la República proceda con el nombramiento de un nuevo gobernador en el Magdalena. Se estima que este desenlace podría concretarse en un plazo de 15 a 20 días.